top of page

CONTRASTES JUDICIALES

El próximo 1 de junio los ciudadanos elegirán 881 cargos en el Poder Judicial de la Federación, de un universo de 3,423 candidatos, resultado de una criba de entre 15,185 aspirantes que transitaron los filtros de los Comités de Selección ya sea del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo o del Poder Judicial.


De este universo de aspirantes —según datos del INE— solamente el 20% proviene del Poder Judicial y, de este porcentaje, la mayoría son secretarios de juzgados o tribunales colegiados. Solamente el 14% son jueces o magistrados. 


Este último dato es relevante y desalentador para darse una idea de la experiencia y formación de quienes aparecen como candidatos a ocupar tan importantes cargos en el país. 


De acuerdo con el Consejo de la Judicatura, cuando se estableció la carrera judicial (1994), tomaba entre 15 y 19 años de experiencia judicial para poder llegar a ser juez de distrito. Se comenzaba como oficial judicial, plaza en la que el promedio de permanencia era de 3.4 años para adquirir experiencia y formación. El siguiente escalafón era de actuario judicial, donde la permanencia promedio era de aproximadamente 1.5 años para aspirar al cargo de secretario judicial, en el que se duraba un promedio de 11.4 años, después de los cuales se presentaba un examen de aspirante a juez o magistrado, dependiendo las vacantes a nivel nacional. 


Para darnos una idea de la alta responsabilidad que conlleva ocupar un cargo en la judicatura federal conviene tener claro que, en la actualidad, por mandato constitucional, cualquier jurista que se desempeñe como juez está obligado en su “día a día” a resolver aquellos casos que se le presenten a consideración, armonizando todos y cada uno de los derechos humanos contenidos en la Constitución; todos y cada uno de los derechos humanos contenidos en cualquier tratado internacional suscrito por el Estado Mexicano; todos y cada uno de los derechos humanos contenidos en cualquier norma nacional; y todos los derechos contenidos en los criterios jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Lo anterior, buscando siempre la interpretación más favorable a la persona del caso concreto para lograr su protección más amplia.


Por si lo anterior fuera poco, mientras lleva a cabo todas estas operaciones jurídicas de armonización —que en un párrafo se dicen fácil, un juez está también obligado a interpretar de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.


No por nada los ministros, jueces y magistrados federales están llamados a ser pilares del Estado de Derecho en el país y lo que de ellos se espera es pericia en materia jurídica, muy específicamente en materia de interpretación del Derecho, además de otras cualidades no menos importantes como integridad, rectitud, honradez y probidad.   


En contraste con la carrera judicial, la reforma pide tan sólo 5 años en la “práctica de la abogacía”, entre otros requisitos —como un promedio mínimo de calificación de 8 o 9, sin tomar en consideración el nivel de exigencia de la escuela de Derecho en que se haya cursado la carrera (hay más de 2, 500 escuelas de Derecho en el país); y, por tratarse de una elección popular, de alguna manera impone a los candidatos la necesidad de hacer campaña para que la gente los conozca y vote por su postulación.


 Sería falaz concluir que si no se hace carrera judicial no se puede tener la competencia profesional y la probidad necesarias para desempeñar el papel de juzgador a nivel federal o pensar que la carrera judicial es aval de estas cualidades, pero las reglas actuales lo garantizan todavía menos y sólo bajo la fe populista el voto popular purifica o descarta a los impresentables.

¿La competencia profesional y la probidad se miden por el número de seguidores en X, Instagram o Tik Tok? ¿De qué sirve o qué demuestra que un candidato sea “de barrio”, tenga un “gran corazón” o sea muy respetado por sus amigos? ¿Es relevante conocer que el candidato disfruta mucho los tamales que cocina su abuela? ¿Es mejor candidato y será buen juez quien disfrute ejercitarse en el gimnasio durante muchas horas? ¿Contar con dos maestrías y un doctorado es suficiente?   


Uno de los argumentos más socorridos para defender la reforma judicial y acudir a las urnas para la elección de juzgadores ha sido la falta de confianza ciudadana en el Poder Judicial y la falta de “cercanía” de éste con la gente. No queda claro cómo es que el voto popular puede generar esta cercanía y por qué éste es un atributo deseable en los juzgadores. Lo que sí queda claro que es que el nombramiento de juzgadores que carezcan de la preparación y honradez necesaria y que, además, respondan a intereses de los grupos que los llevó a los cargos será letal para el Estado de Derecho.


 
 
 

Comentarios


© 2020, Fernando Batista.

bottom of page